Hoy participamos del debate organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina sobre la edad de imputabilidad. A continuación transcribimos el aporte que presentamos.

LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES NECESITAN
EDUCACIÓN Y OPORTUNIDADES, NO CARCELES

Posicionamiento de la Federación Universitaria Argentina
frente al debate por la baja de la edad de imputabilidad.
#NoALaBaja

NO A LA BAJA DE LA EDAD DE IMPUTABILIDAD:
Desde la Federacion Universitaria Argentina – FUA- nos manifestamos en contra de bajar la edad de imputabilidad. Nuestro país suscribe a tratados internacionales de Derechos Humanos que no permiten ni contemplan una propuesta de ese tipo; tratados a los que la Constitución del ´94 les da jerarquía superior a la de cualquier ley penal. En adición a esto, la preocupante situación de los dispositivos penales juveniles, con los que el Estado debería implementar las medidas judiciales, el triste accionar del Poder Judicial, entre otros, evidencian la actual incapacidad estatal para afrontar estas problemáticas.

El debate sobre la baja de imputabilidad parece acercarse a una estrategia publicitaria de un año electoral más que a la intención de generar políticas publicas orientadas a combatir la delincuencia y atender a la grave situación de vulneración en la que se encuentra el futuro de nuestro país: los niños, niñas y adolescentes. El debate técnico jurídico encubre vilmente la discusión de fondo: un joven con educación de calidad y con oportunidades de proyectar su vida con dignidad no va a ser un delincuente, un joven que no tuvo esas oportunidades necesita ver restituidos sus derechos y obligaciones, objetivo que no se consigue con sanciones penales.

En este sentido queremos poner de manifiesto que bajar la edad de imputabilidad incrementa la criminalización de la juventud, el burdo ocultamiento de los vulnerados sociales y garantiza la impunidad de los tres poderes del Estado que no pueden reconstruir su capacidad de agencia para garantizar los derechos y exigir las obligaciones de sus ciudadanos. Cabe aclarar que nuestra postura no pretende eximir de responsabilidad, ni de los procesos judiciales pertinentes y las sanciones correspondientes, a aquellos jóvenes que incurran en la comisión de actos delictivos. La Republica Argentina tiene leyes claras sobre los procesos judiciales que deben llevarse a cabo con los jóvenes que incumplen la ley penal, pero la destrucción manifiesta de las capacidades del Estado vuelven a esas leyes letra muerta desde hace años. Esto último debería ser el centro del debate, evitando el reduccionismo.

IMPUTABILIDAD Y PUNIBILIDAD (EL DEBATE JURIDICO):
En la reforma de 1994 nuestra Nación le otorga rango constitucional a la Convención de los Derechos del Niño, lo cual genera la obligación de cumplir con tal normativa. Sin embargo, la Argentina actualmente está incumpliendo con su responsabilidad internacional, violando el artículo 40 de la citada Convención, el cual le garantiza a todos los niños y adolescentes que el Estado Nacional establecerá una edad mínima para la cual no puede juzgárselo penalmente, pero hoy hay 412 menores de 16 años procesados o condenados dentro de los dispositivos penales juveniles, violando también Régimen Penal de Minoridad. Establece a su vez que en caso de privárselos de la libertad se les otorgara educación profesional, y un programa de enseñanza, pero solo el 40% de los establecimientos disponen de una oferta educativa laboral según un relevamiento realizado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación junto con UNICEF en el 2013. Ningún relevamiento refleja oferta educativa formal en los dispositivos penales juveniles.

En este sentido, nos hacemos eco de la imperiosa necesidad de reformar nuestro Sistema Penal actual, el cual se basa en las características del autor, y no del acto. Tenemos que avanzar en una reforma en ese sentido para construir un Estado de Derecho, y no de Policía. El poder punitivo del Estado hoy no se enfoca en los hechos delictivos, sino que intenta dilucidar la calidad de los sujetos que los generan. Ello no solo quebranta nuestro Estado de Derecho, sino que vulnera a aquellos que menos tienen. Tal situación se ve reflejada también en nuestros niños y jóvenes, que día tras día se ven sometidos por su mera apariencia, a requisas policiales, persecuciones, etc. Respaldándose las agencias del Estado, en el actual Régimen de Minoridad el cual le ha dado la posibilidad de actuar por el mero hecho de características personales y familiares del joven (artículo 1°, último párrafo).

Otro debate teórico fundamental a la hora de posicionarse respecto de la baja de la imputabilidad tiene que ver con la función social de la pena. Nuestra constitución, establece en el último párrafo de su artículo 18, que la pena no será un castigo, comprendiendo de esta forma que ella será para resociabilizar al reo, y reinsertarlo a la sociedad. Pese a su jerarquía constitucional, nuestro Sistema Penal viola esta premisa construyendo procedimientos e instituciones que aplican penas como castigo. La pena privativa de la libertad, es considerada un castigo tanto para el reo, como para casi toda la sociedad, y esto no se debe solo a lo grave de su naturaleza, sino a la forma en que se ha llevado adelante la situación carcelaria, las posibilidades que se brindan, la formación y preparación de quienes se encuentran allí dentro. El régimen penal de jóvenes no se encuentra al margen de esta vergonzosa situación.

AGENCIA DEL ESTADO:
El Estado es el responsable de darle vigencia a los derechos y exigir las obligaciones que las leyes consagra. Para ello construye instituciones con la finalidad de cumplir estas tareas. En el caso del Régimen Penal Juvenil la ley (22.278, artículo 6°) obliga al estado a disponer de instituciones especializadas para que los jóvenes cumplan con las penas impuestas a sus delitos. Sin embargo, UNICEF afirma todavía en 2015 el 8,5% de los establecimientos que conforman el Sistema Penal Juvenil son administrados por organismos no especializados. Entre ellos se cuentan comisarías y alcaldías administradas por el Servicio Penitenciario Federal y por los servicios penitenciarios provinciales.

Sumado a esto, desde la propia organización de estos dispositivos penales hay un prejuicio tendiente a ejecutar la pena que recae sobre niños, niñas y adolescentes como un castigo. El 76% de estos dispositivos penales juveniles, según el mismo relevamiento de UNICEF, son establecimientos para la privación o la restricción de la libertad, siendo solo el 22% de ellos programas de supervisión territorial.

El 74% de los menores conscriptos en el Sistema Penal Juvenil se encuentre condenados o procesados en los programas de supervisión territorial. Pese al gran avance que representa este último indicador, no deja de preocupar que solo el 9% de los recursos humanos empleado en la gestión de estos dispositivos es personal docente, mientras el 32% son personal de seguridad. Este último dato surge de un relevamiento realizado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en conjunto con UNICEF en 2013 y el mismo no deja de generar muchas dudas respecto del rol que estos dispositivos penales están cumpliendo: ¿se están desarrollando estrategias para resocializar a los jóvenes conscriptos en el Sistema Penal Juvenil o estas instituciones son solamente una copia de las instituciones penales para adultos pensadas para castigar a los reos?

En este sentido, también cabe mencionar la irresponsabilidad del Poder Judicial que actúa con total discrecionalidad sobre esta materia. Siguiendo la tendencia de Sistema Penitenciario Federal para adultos, donde el 60% de los reos no tienen condena firme, en el ámbito juvenil esta tendencia se agrava tremendamente, siendo solo 3,4% de los adolescentes incluidos en programas de supervisión en territorio y cerca del 10% de la población alojada en establecimientos de restricción o privación de libertad los que había recibido una condena al momento del relevamiento de UNICEF en 2015. Aquí la ineficiencia del Poder Judicial se pone de manifestó, ya que retiene con privación de la libertad a muchos jóvenes sin condena, por lo tanto, inocente.

PROTECCION DE DERECHOS Y RESPONSABILIDAD POR HECHOS:
La ley debe aplicarse con igualdad a todos los ciudadanos del país, por eso cabe en este apartado conocer a la población de la que hablamos a la hora de identificar los derechos que se protegen y la responsabilidad por los hechos que se les imputa.

Según el relevamiento realizado por UNICEF en el 2015 la población total presente en los dispositivos penales juveniles asciende a 7.178 jovenes, siendo el 41% mayores de 18 años, conscriptos en estos dispositivos mientras eran menores. El 5,7% de esta población son menores de 16 años, cumpliendo una pena ilegalmente impuesta por los jueces ya que hoy no son imputables ni punibles. A esto hay que sumarle que sólo el 4% de estos jóvenes tienen un abogado particular; el otro 96% tiene un defensor oficial, lo que indica mucho acerca del nivel socioeconómico del joven y de su familia.

En cuanto a los delitos cometidos por estos jóvenes el 72,8% de los mismos son delitos contra la propiedad (calificado o simple), contra la Ley de Estupefacientes o delitos menores. Solo al 5,1% se le imputa el delito de homicidio o su tentativa y a otro 4,2% se le imputa la portación y abuso de armas. No se puede analizar estos datos sin considerar que los niños y jóvenes son el eslabón más débil de los grupos delictivos y las empresas criminales. Así lo afirma el Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos humanos: “casi siempre que un adolescente está inmerso en una situación violenta, es porque alguien con más edad y con más poder, lo ha utilizado”. Afirmación que desde la FUA compartimos y hacemos propia.

PALABRAS FINALES
Por todo lo dicho hasta aquí sería importante reflexionar acerca de las deudas pendientes del Estado con respecto a los compromisos que este mismo asumió en el 2006 a partir de la sanción de la Ley 26061 de Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia, antes de apresurarse a proponer restringir o recortar derechos de poblaciones vulneradas.

En este sentido hay compromisos asumidos por el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, en su Acta del 2014 que aún no están cumplidos. El 1° compromiso esta incumplido ya que, pese a establecer la no punibilidad a menores de 16, hoy hay 412 niños menores de 16 procesados o condenados en dispositivos penales juveniles. Los compromisos 2° y 6°, que hacen al debido proceso tampoco se cumplen ya que la inmensa mayoría de los jóvenes se encuentran en los dispositivos penales juveniles no tienen una condena firme y por lo tanto se los debería presumir inocentes. Si bien se han hecho avances en cuanto a los compromisos 9° y 10° que promueven la especialización de las medidas penales a ser adoptadas, no podemos dejar de mencionar que aún hoy sigue habiendo menores detenidos en comisarías y alcaldías o en otras dependencias del Servicio Penitenciario Federal o de los servicios penitenciarios provinciales. Además, es discutible la especialización de los actuales dispositivos penales juveniles en los que hay muy pocos docentes, hay escasa oferta académica (tanto formal como no formal) y no hay instalaciones pertinentes ni personal adecuado para que los niños y adolescentes puedan formarse para reincorporarse a la sociedad.

Finalmente, hay que tener en cuenta que, en nuestro país, sólo el 50% de los jóvenes de 18 años termina el secundario. Sin lugar a dudas este segmento de la población es muy vulnerable y el Estado no viene siendo capaz de garantizar sus derechos. El problema de la delincuencia juvenil es preocupante, pero no se puede obviar que los jóvenes procesados o condenados en estos dispositivos penales son el 0,14% del total de los jóvenes dentro de esa franja etaria. Estamos convencidos de que los objetivos de una política pública que pretenda resolver este tema tiene que estar orientado a mejorar la educación y brindar mejores oportunidades a los jóvenes y no en propuestas represivas que sólo agravan la situación.

Con todo lo expuesto, creemos entonces, que bajar la edad de imputabilidad no solo violaría los derechos ya adquiridos de los niños, niñas y adolescentes, sino que además sería atribuirle a nuestra sociedad un nuevo problema de inseguridad. Si realmente nos interesa combatir la inseguridad, debemos debatir con seriedad respecto de nuestro actual Sistema Penal.

Eze Marin
Vicepresidente de la FUA